- Política
- 06.06.2016
TARIFAZO
El juez Arias advirtió que no deben pagarse las facturas con aumentos
El magistrado que suspendió días atrás los incrementos en las boletas de luz en la Provincia dijo que los usuarios "deben esperar la nueva facturación". La medida, que dejó sin efecto el nuevo cuadro tarifario, no rige para los partidos del área metropolitana.
El juez en lo Contencioso Administrativo de La Plata Luis Federico Arias, que días atrás dictó una medida por la cual suspendió el "tarifazo" eléctrico en el territorio bonaerense, advirtió hoy que los usuarios de energía eléctrica de la Provincia no deben pagar las facturas con aumentos y aclaró que ese beneficio no incluye a los partidos del área metropolitana, que tienen el servicio de Edenor y Edesur.
"Las personas que tienen su factura y se vence, lo que tienen que hacer es no pagar y esperar la nueva facturación", manifestó Arias, en referencia a su medida cautelar, dictada el martes pasado. El fallo abarca a "todas las empresas prestadoras y distribuidoras y cooperativas, a excepción de la zona concesionada para Edenor y Edesur, que son servicios federales", destacó el magistrado en declaraciones a radio Plus de La Plata.
Arias también recordó que la medida "suspende la resolución número 22 de este año del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la provincia de Buenos Aires, que aprobó el nuevo cuadro tarifario del servicio de energía eléctrica".
Asimismo, otorgó al gobierno de María Eugenia Vidal un "plazo de 24 horas, que ya venció, para que notifique a las empresas de las medidas cautelares" y alertó que "si no lo hiciera habrá una multa de 30 mil pesos diarios para los funcionarios". Tras ese término, habrá "un plazo de cinco días para las empresas para que emitan una nueva facturación".
En ese sentido, el juez manifestó que las nuevas facturas deben llegar "conforme a lo que (las empresas) venían cobrando antes" del incremento de las tarifas autorizados por el gobierno.
"Las personas que tienen su factura y se vence, lo que tienen que hacer es no pagar y esperar la nueva facturación", manifestó Arias, en referencia a su medida cautelar, dictada el martes pasado. El fallo abarca a "todas las empresas prestadoras y distribuidoras y cooperativas, a excepción de la zona concesionada para Edenor y Edesur, que son servicios federales", destacó el magistrado en declaraciones a radio Plus de La Plata.
Arias también recordó que la medida "suspende la resolución número 22 de este año del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la provincia de Buenos Aires, que aprobó el nuevo cuadro tarifario del servicio de energía eléctrica".
Asimismo, otorgó al gobierno de María Eugenia Vidal un "plazo de 24 horas, que ya venció, para que notifique a las empresas de las medidas cautelares" y alertó que "si no lo hiciera habrá una multa de 30 mil pesos diarios para los funcionarios". Tras ese término, habrá "un plazo de cinco días para las empresas para que emitan una nueva facturación".
En ese sentido, el juez manifestó que las nuevas facturas deben llegar "conforme a lo que (las empresas) venían cobrando antes" del incremento de las tarifas autorizados por el gobierno.
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