DISPUTA JUDICIAL POR LOS AUMENTOS EN LOS SERVICIOS

La Justicia Federal de San Martín le puso un freno al "tarifazo" de luz

La juez Martina Forns hizo lugar a una acción de amparo presentada por entidades de usuarios y frenó los incrementos en las tarifas eléctricas en las distribuidoras de todo el país. Advirtió que no puede haber cortes de servicio.


La jueza federal de San Martín, Martina Forns, dispuso ayer la suspensión de las resoluciones del Ministerio de Energía que determinaron el nuevo cuadro tarifario del servicio de luz y ordenó a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (Cammesa) que se abstenga de aplicar los incrementos en todo el país hasta tanto se realice la correspondiente audiencia pública.

El pronunciamiento se dio en el marco de la acción de amparo presentada por tres ciudadanos del partido bonaerense de Tres de Febrero y por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (Cepis), en la que solicitaron la nulidad de las Resoluciones 6/2016 y 7/2016 del Ministerio de Energía y la Resolución 1/2016 del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (Enre).

"Las subas tienen que ser moderadas, el ministro (Juan José Aranguren) dijo que el aumento fue gradual, pero el aumento no está al alcance del usuario", consideró Forns, que calificó a las subas de "exorbitantes y desproporcionadas".

En su resolución, la jueza ordenó al Enre que arbitre las medidas necesarias para comunicar a distribuidores y prestadores que “deberán suspender el cobro de las facturas emitidas como resultado de la aplicación del nuevo cuadro tarifario, y liquidar las facturas respectivas a los valores vigentes con anterioridad a la resoluciones”.

La magistrada también determinó que para el caso de que los aumentos facturados se hubiesen abonado a la fecha, “sus importes deberán tenerse por pagados a cuenta, reintegrándose su monto en las próximas facturas hasta su compensación total”.

Asimismo, se destaca en el fallo que las empresas distribuidoras y prestadoras del servicio eléctrico “deberán abstenerse de realizar cortes de suministro por falta de pago, con fundamento en la normativa suspendida”. De lo contrario, podrían enfrentar multas y hasta ser denunciadas por desobediencia.

"Un corte por falta de pago de las tarifas nuevas implicaría estar en contradicción con esta medida. Mientras esté firme, nadie puede tener cortada la luz", afirmó la jueza en diálogo con Radio La Red.

Según consignó la agencia Noticias Argentinas, Cammesa confirmó que aceptará el fallo y ordenará a las firmas Edenor y Edesur (que operan en Capital y el conurbano) y al resto de las empresas del país que no apliquen los aumentos.



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