DESIGNACIONES POR DECRETO EN LA CORTE

Ramos Padilla: "Los nombramientos por decreto son un precedente nefasto para la República"

El juez federal de Dolores dijo que Rosatti y Rosenkrantz "no pueden asumir hasta que se resuelva el fallo" que presentó ayer. Además, se defendió de quienes lo acusan de ser un "juez militante": "No importa lo que haga en el cuarto oscuro sino los fundamentos del fallo".

El juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, que ayer pidió a los miembros de la Corte que no le tomen juramento a los jueces designados por Mauricio Macri a través de un decreto, explicó que Horacio Rosatti y Daniel Rosenkrantz "no pueden asumir hasta que se resuelva el fallo" y afirmó que los nombramientos de jueces sin aval del Senado "son un precedente nefasto para la República".

Ramos Padilla explicó que "se pidió a la Corte que no tome juramento y en el futuro puede declararse la inconstitucionalidad" y apuntó que "no es válido fundamentar un decreto con una cita de cuando gobernaba Mitre". El magistrado opinó que Rosatti y Ronsekrantz no deben asumir sus cargos "porque estos precedentes son nefastos para la República" y sostuvo en ese marco que "los miembros de la Corte tienen que someterse a la Justicia como cualquier otro individuo".

A su vez, Ramos Padilla rechazó las acusaciones que los señalan como "juez militante" del kirchnerismo y manifestó que "no importa lo que yo hago en el cuarto oscuro sino los fundamentos del fallo. No tengo ningún motivo para que digan que soy cercano a un modelo. En algún momento abracé algunas causas, pero he representado a Ernesto Sanz, a Alfredo Bravo, a Chicha Mariani", explicó en sus declaraciones a radio Vorterix, al tiempo que agregó que su intención no es "polemizar" con el Presidente.

Ayer, el juez federal suspendió por vía de una medida cautelar la asunción de ambos juristas y le advirtió a la Corte que no podrá tomarles juramento, aunque reconoció que en cuanto los dos candidatos propuestos reciban acuerdo por parte del Senado automáticamente el fallo cesará en sus efectos.

“Si el mecanismo de designación de los jueces del máximo tribunal no es válido, si ello no surge del texto ni del espíritu de la Constitución, si con ello se afecta la división de poderes, la independencia de los jueces, la garantía del juez natural, las facultades del Congreso, la participación y control ciudadano, resulta necesario que los mecanismos constitucionales se pongan en funcionamiento cuanto antes para frenar esa ilegalidad que afecta principios básicos sobre los que se asienta la República”, sostuvo en su fallo Ramos Padilla.