LA PROVINCIA LE RESPONDIÓ A LOS GREMIOS

Lacunza: "La Emergencia no tiene nada que ver con los despidos"

El Ministro de Economía bonaerense defendió la Emergencia Administrativa y Tecnológica sancionada ayer por Diputados en medio de un escándalo. Leé sus declaraciones.

El ministro de Economía de la provincia de Buenos Aires, Hernán Lacunza, defendió la ley de Emergencia Administrativa y Tecnológica aprobada ayer por la Legislatura en medio de incidentes dentro y fuera del recinto y negó que sea una norma para acelerar despidos.

"No tiene nada que ver con los despidos. La Provincia está trabada en materia administrativa y tecnológica", aseguró Lacunza en declaraciones a radio Continental, al tiempo que aseguró que "en ningún artículo se hace referencia al tema de los despidos".

"Cada vez que uno necesita contratar internet tiene que hacer un trámite que dura un año. El despacho de la Gobernadora (María Eugenia Vidal) no tiene internet. No se puede trabajar así en pleno siglo XXI", graficó.

Ayer, con el apoyo decisivo del Frente Renovador y en medio de graves incidentes en los alrededores del Palacio Legislativo y de cruces entre legisladores, la Cámara de Diputados convirtió en ley la declaración por un año de la Emergencia Administrativa y Tecnológica en el territorio bonaerense.

La ley establece que se reducirán los plazos de las licitaciones públicas para la adquisición de bienes y servicios de las diferentes áreas del Estado provincial y prevé plazos más cortos para que los organismos de control se expidan sobre los trámites.

Los gremios de estatales denunciaron que la norma precariza el trabajo de los empleados públicos. Sucede que los artículos 25 y 26 de la Emergencia crean un nuevo régimen de contratación de la administración pública denominado "Personal de Gabinete".

Para ello, autoriza a los ministros y titulares de órganos descentralizados a contratar a una persona para que preste un servicio determinado sin sujeción a un resultado concreto, siempre que responda a una necesidad de carácter transitorio o estacional debidamente documentada y que por su complejidad o especialización no pueda ser cumplida por personal permanente.

Establece además que la celebración del contrato no generará una expectativa o derecho a prórroga, ni creará una relación laboral de dependencia, y que una vez operado su vencimiento, el contratado deberá finalizar las tareas a su cargo sin derecho a remuneración adicional alguna.



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