Justicia por Lucia

Cadena perpetua y 15 años de prisión para los responsables del femicidio de Lucía Pérez

El TOC N2 de Mar del Plata dictó prisión perpetua a Matias Farías por abuso sexual y asesinato de la joven de 16 años en 2016; mientras que a Juan Pablo Offidiani le dictaron 15 años de prisión por ser “participe secundario” y necesario. Los motivos de la sentencia.

Por Juan Vera Visotsky



Los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°2 de Mar del Plata dictó sentencia en el segundo juicio por el femicidio de Lucía Pérez. La condena fue de prisión perpetua a Matías Farías (29) por considerarlo responsable de abusar sexualmente y asesinar a la joven en 2016; mientras que se consideró que Juan Pablo Offidani (48) actuó como "partícipe secundario" por lo cual le dictaron un pena de 15 años unificada con una condena previa.
 
Farías fue condenado a prisión perpetua por ser considerado "autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por el suministro de estupefacientes y por resultar la muerte de la persona ofendida en concurso ideal con femicidio ocurrido el 8 de octubre de 2016".
 
En tanto, Offidiani recibió una pena de 8 años -que se suman a otra condena y hacen un total de 15- por considerarlo "partícipe secundario penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el suministro de estupefacientes".
 
En la sentencia, que se leyó pasadas las 14.30 del jueves pasado, los jueces también pidieron al Ministerio Público Fiscal que investigue “la posible presencia de terceras personas” en el domicilio de Farías que puedan haber ocultado pruebas claves en la escena del crimen.
 
La resolución final de los jueces Gustavo Fissore, Alexis Simaz y Roberto Falcone fue por unanimidad, salvo en la calificación legal correspondiente a Farías, que fue por mayoría con los votos de Falcone y Simaz.
 
El fallo se dio a conocer en el sexto piso de los tribunales marplatenses sin la presencia de los acusados, Matías Farías (29) y Juan Pablo Offidani (48), quienes en el proceso anterior habían sido absueltos de los cargos por el crimen pero condenados a 8 años por venta de drogas en la puerta de un colegio.
 
Este fallo representa un avance respecto al del primer juicio por el femicidio de la joven marplatense, el cual fue apelado por la fiscalía y la familia de la víctima debido a que los jueces habían determinado absolver a los acusados de los cargos por abuso sexual y femicidio; y en cambio, algunos recibieron condena por venta de estupefacientes. En agosto de 2020, la Sala IV del Tribunal de Casación bonaerense revocó esas absoluciones, dispuso la "nulidad" del juicio y ordenó la realización de uno nuevo.



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