La rosca legislativa de fin de año

Ley Impositiva: buscan que inmobiliarios y patentes se actualicen por inflación

Sería de forma automática por cada cuota de los tributos. Es un mecanismo que se utiliza en otras provincias pero no lo había aplicado el gobierno bonaerense. Buscan “paliar” la ausencia de envío de fondos del gobierno nacional.



Tras el envío a la Legislatura del proyecto de modificaciones de la Ley Impositiva, se conoció que la Provincia tomó la decisión de modificar el mecanismo para actualizar por inflación los impuestos inmobiliarios y patentes durante el próximo año.   Cabe señalar que es un método que se aplicaba en otras provincias pero no se había usado aún en Buenos Aires. La intención es aplicar un monto de interés sobre el valor de cada cuota de los tributos, ajustada por un interés que como máximo podrá ser de la inflación que se informe de forma oficial en los lapsos de llegada de cada una de las cuotas de estos impuestos.   Con una inflación que creció de forma exponencial en los últimos meses, desde la Provincia indicaron oficialmente que es el mecanismo que buscará evitar que se desvalorice el monto de las cuotas. Incluso, algunos estiman que la inflación de enero podría alcanzar el 30%. A esto se le debe agregar que la gestión nacional de Milei decidió recortar los aportes no automáticos a las Provincias, siendo la de Buenos Aires una de las más perjudicadas.   El nuevo mecanismo de actualización se aplicará a las dos variantes del Inmobiliario Urbano y al Rural tanto en sus componentes básicos como complementario, y al impuesto a los Automotores (Patentes) y a las embarcaciones recreativas o deportivos. Son impuestos “progresivos” porque en la escala pagan más quienes tienen las propiedades de mayor valor.   El texto, establecido en el artículo 184, deja explicitado que “Establécese que al importe del impuesto Inmobiliario -en sus componentes básico y complementario- y del impuesto a los Automotores -respecto de vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación-, se aplicará, al momento de la emisión de cada cuota de que se trate, por parte de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, el coeficiente que establecerá la referida Agencia”.   De ese modo, el interés se aplicará sobre una escala que en el caso de los inmobiliarios arranca en el 140% y llega al 200% para el 90% de los contribuyentes, pero para el 10% con patrimonios mayores se estira al 300%. Para el caso de las Patentes, la variación registra una escala de entre el 145% (como tope para la primera escala de vehículos) y 270% que es el límite para los de mayor valor.   El mecanismo, además, “será aplicable a las cuotas no vencidas, como así también en aquellos supuestos en los que, durante el ejercicio fiscal, se produjere una variación en el monto del tributo como consecuencia de alguna modificación en el inmueble, vehículo automotor o embarcación deportiva o de recreación”, explicita el texto del proyecto.   Una aclaración importante: no habrá interés extra para la cuota uno de cada tributo ni para aquellos contribuyentes que paguen cuota única.   Los montos de los intereses que se aplicarán serán informados antes de la emisión de cada cuota en la página oficial de la Agencia de Recaudación (www.arba.gob.ar).


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