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- 25.10.2024
IMPUESTOS
Morón podrá cobrar tasas en boletas de luz
La jueza Forns hizo lugar a la cautelar presentada por el municipio, que seguirá cobrando el alumbrado público en la factura de Edenor. Se suma a fallos similares en Pilar y Quilmes.
Un nuevo revés en la Justicia para la prohibición que el ministro de Economía, Luis Caputo, le impuso a los intendentes del conurbano para que no puedan cobrar tasas en boletas de servicios.
Ayer jueves, la jueza federal Martina Forns hizo lugar a la cautelar interina presentada por el municipio de Morón en la causa por el cobro del alumbrado público en la boleta de Edenor y suspendió allí los alcances de las resoluciones restrictivas que instruyó Caputo.
De esta manera se profundiza el derrumbe en el conurbano bonaerense de la medida impuesta por el ministro de Economía de Javier Milei. Fallos similares al registrado en el caso del municipio que administra Lucas Ghi ya se vieron en Pilar y Quilmes, y se espera que se replique en otros puntos.
El rechazo de los intendentes a la prohibición de Caputo alertando que no podrían pagar el alumbrado público si no cobran esa tasa en la factura de luz, a raíz de un previsible derrumbe en la cobrabilidad. Ante eso, muchos iniciaron presentaciones en la Justicia.
"Es una buena noticia porque de sostenerse la medida de Milei genera un problema financiero y económico grave para los municipios", señalaron a La Política Online en Morón y agregaron que, ahora, hay que reponer ese cobro en las facturas de Edenor hasta que salga la cautelar definitiva.
Por instrucción de Caputo, dos resoluciones, una del Enre y otra de la Secretaría de Comercio, vedan a los municipios la percepción de la tasa de alumbrado público que está amparada por la Ley provincial 10.740, afectando el Convenio de adhesión que, en el caso de Morón, la comuna celebró con Edenor para que se incluya ese cobro de la tasa local en sus boletas. Frente a eso, el municipio solicita que esa prohibición "se declare su nulidad absoluta e insanable e inconstitucionalidad".
"Los fondos recaudados por aplicación de las citadas tasas son utilizados para sostener y mantener el alumbrado público y el servicio eléctrico brindado a los distintas instituciones y edificios municipales como así también, el costo de las inspecciones efectuadas a las redes de circulación y suministro de gas natural, cuyo mantenimiento y buen estado resulta esencial dada su peligrosidad", señala el fallo de la jueza.
Así consideró configurados los extremos de procedencia de una medida cautelar interina "dado las graves y objetivamente impostergables circunstancias que enmarcan la presente acción de amparo, ya que, de no hacerse lugar a la medida, implicaría un grave perjuicio para el Municipio actor".
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